La incapacidad permanente es una prestación clave para quienes ven reducida o anulada su capacidad laboral por una lesión o enfermedad. En esta guía aprenderás qué es la incapacidad permanente, los tipos, requisitos y pasos prácticos para conseguirla con éxito. Te explicamos las cuantías orientativas, la documentación que no puede faltar, los errores frecuentes y cómo actuar ante una denegación. Además, verás cuándo conviene apoyarte en un perito médico y en un peritaje médico para fortalecer tu solicitud.
¿Qué es la incapacidad permanente?
La incapacidad permanente es la situación reconocida por la Seguridad Social cuando, tras un tratamiento prescrito y con un diagnóstico estable, persisten limitaciones funcionales que reducen o anulan la capacidad para trabajar. Puede derivar de accidente laboral o no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional. Su objetivo es proteger económicamente al trabajador mediante una prestación (pensión o indemnización) acorde al grado reconocido.
Tipos de incapacidad permanente
A efectos prácticos, existen cuatro grados principales (de menor a mayor impacto):
- Parcial para la profesión habitual (IPP)
Hay una disminución no inferior al 33% del rendimiento para la profesión habitual, pero no impide realizar las tareas fundamentales. - Total para la profesión habitual (IPT)
Inhabilita para las tareas de la profesión habitual, pero permite trabajar en otra distinta. - Absoluta para todo trabajo (IPA)
Inhabilita por completo para cualquier profesión u oficio. - Gran invalidez (GI)
Además de la IPA, la persona necesita ayuda de otra para actos esenciales de la vida diaria.
Sugerencia: cuando haya dudas sobre el grado, un peritaje médico independiente puede clarificar la limitación funcional real.
Requisitos y quién puede solicitarla
- Estar en alta o situación asimilada al alta, salvo excepciones en contingencias profesionales.
- Período mínimo de cotización (según edad y contingencia) en casos de enfermedad común.
- Situación clínica estabilizada (no confundir con curación).
- Limitaciones objetivas y acreditadas que afecten al desempeño laboral.
¿Quién puede iniciar el expediente?
- La Entidad Gestora (INSS/ISM).
- La Mutua (si es contingencia profesional).
- El interesado o su representante.
Cuantías orientativas por grado (reglas generales)
Las cuantías dependen de la base reguladora y la contingencia. A modo orientativo:
| Grado | Prestación habitual | Regla general sobre la base reguladora* |
|---|---|---|
| Incapacidad Permanente Parcial (IPP) | Indemnización única | 24 mensualidades de la base reguladora |
| Incapacidad Permanente Total (IPT) | Pensión vitalicia | 55% de la base reguladora (posible 75% en determinados supuestos) |
| Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) | Pensión vitalicia | 100% de la base reguladora |
| Gran Invalidez (GI) | Pensión vitalicia + complemento | 100% + complemento por tercera persona |
* La fórmula exacta de la base reguladora varía por contingencia (enfermedad común, accidente laboral, etc.).
Procedimiento paso a paso para conseguirla con éxito
- Recopila tu historial clínico completo
Informes, pruebas, tratamientos, evolución y limitaciones funcionales. Orden cronológico. - Solicita la incapacidad
Presenta la solicitud ante INSS/ISM con toda la documentación médica y laboral. - Valoración por el EVI/ICAM u órgano competente
Se emitirá un dictamen-propuesta tras revisión médica y, si procede, exploración. - Resolución
El INSS reconoce grado y cuantía, o deniega. Se notifican plazos de revisión. - Refuerzo probatorio
Para aumentar opciones, apóyate en un informe de perito médico independiente y en un peritaje médico que traduzca tu diagnóstico en limitaciones laborales concretas.
Documentación imprescindible
- DNI/NIE y datos de cotización.
- Informes médicos actualizados (especialistas, rehabilitación, salud mental, pruebas de imagen).
- Parte de accidente o determinación de contingencia, si aplica.
- Descripción del puesto y tareas esenciales (contrato, evaluaciones de riesgos).
- Informe pericial y valoración del daño corporal, cuando sea necesario:
- Guía de valoración del daño para abogados y reclamantes.
- Dictamen de perito médico que conecte síntomas ↔ limitaciones ↔ tareas del puesto.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
- Confiar solo en diagnósticos sin explicar limitaciones funcionales en el trabajo.
- No aportar pruebas recientes o inconsistentes entre sí.
- Describir mal la profesión habitual (¡clave en IPT!).
- No acudir con preparación al reconocimiento.
- Olvidar un peritaje médico que fortalezca el expediente en casos discutibles.
¿Qué hacer si te deniegan la incapacidad permanente?
- Reclamación previa (argumentada y con prueba nueva).
- Demanda judicial ante lo Social si persiste la denegación.
- Refuerzo pericial: presenta informe de perito médico, testifical técnica y documentación laboral que acredite la no aptitud.
Plazos y revisión
- La resolución puede fijar un plazo de revisión por mejoría, agravación o error de diagnóstico.
- Es posible solicitar revisión si tu situación empeora o si nuevas pruebas aportan información relevante.
Consejo: guarda un diario de síntomas y tratamientos; facilita comparar tu situación en cada revisión.
Consejos prácticos para reforzar tu expediente
- Traduce tus síntomas a restricciones medibles (peso máximo, tiempos de bipedestación, tolerancia al estrés/cognitiva).
- Aporta pruebas objetivas: resonancias, electromiografías, tests neuropsicológicos, informes de salud mental.
- Pide a tu especialista que detalle pronóstico y capacidad de mejora.
- Si tu puesto es físico o con alta carga cognitiva, explica por qué no puedes desempeñar las tareas nucleares.
- Encarga, si procede, un informe de perito médico y un peritaje médico alineado con criterios de incapacidad.
Preguntas frecuentes (FAQs)
¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente?
Depende del grado y de la base reguladora. Como regla general: IPP (indemnización de 24 mensualidades), IPT (55%, ampliable al 75% en supuestos), IPA (100%), GI (100% + complemento por tercera persona).
¿Puedo trabajar con incapacidad permanente total?
Sí, puedes trabajar en otra profesión distinta a la habitual. En IPA y GI, en principio no.
¿Qué diferencia hay entre incapacidad total y absoluta?
La total te inhabilita para tu profesión habitual; la absoluta para todas las profesiones.
¿Cómo demuestro mis limitaciones?
Con informes médicos recientes, pruebas objetivas y, si es necesario, informe de perito médico que relacione limitaciones con tareas del puesto.
¿Puedo pedir revisión si empeoro?
Sí. Puedes solicitar revisión por agravación aportando nuevas pruebas y, preferiblemente, un peritaje médico actualizado.
Conclusión
Obtener la incapacidad permanente exige pruebas sólidas, explicación clara de limitaciones funcionales y una estrategia probatoria bien planificada. Conoce los tipos, verifica requisitos, prepara la documentación y apóyate en un perito médico y en un peritaje médico cuando el caso lo requiera. Si necesitas orientación personalizada, visita informesmedicospericiales.com y cuéntanos tu situación.


